Suprema Corte de Justicia de la Nación

Fachada del edificio de la Suprema Corte de Justicia. |predecesora = |disuelto = |sucesora = |jurisdicción = Poder Judicial de la Federación |ámbito = |país = |sede = avenida Pino Suárez 2, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México |latd= |latm= |lats= |latNS= |longd= |longm= |longs= |longEW= |region_code = |empleados = |presupuesto = $5 787 183 598 millones de pesos |ministro = |ministro_par = |director = |director_pos = |titular_tipo = Ministra presidenta |titular_nom = Norma Lucía Piña Hernández |titular_pos = |composición = Véase ''Integración'' |dependiente_de= |superior = |bajo_su_dependencia = |relacionados = Consejo de la Judicatura Federal
Poder Judicial de la Federación Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |salario = MXN $206 948 (mensuales) |sitio_web = [http://www.scjn.gob.mx Sitio oficial] |notas = }}

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es el máximo tribunal constitucional y máxima autoridad jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación de México, a excepción de la materia electoral, la cual le compete al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Está conformada por once jueces, denominados ministros, uno de los cuales es designado como su presidente por un periodo de cuatro años, responsable de la dirección del organismo y mayor representante ante los otros poderes.

La vigente Constitución de 1917 prevé este órgano en su título tercero, capítulo IV, y abordándolo en cinco artículos. En ellos se especifican las obligaciones, facultades, requisitos y restricciones de la corte; principalmente la facultad exclusiva, entre los órganos del mismo sistema judicial, para estudiar, discutir, y emitir sentencias definitivas en controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, que surjan entre los poderes de la Unión, los poderes estatales, autoridades municipales, los órganos autónomos, o la contradicción de una norma con la carta magna. Es decir, le corresponde asegurar el orden establecido por la Constitución y mantener el equilibrio entre las diversas instituciones de gobierno. Sus deberes incluyen también, como última instancia legal, solucionar de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta. Por lo anterior, y al tratarse del principal y más alto tribunal de naturaleza constitucional, no existe órgano ni autoridad que se encuentre por sobre ella o recurso judicial que pueda interponerse en contra de sus decisiones.

Los ministros son designados por la Cámara de Senadores, a partir de una terna propuesta por el presidente de la República; duran quince años en su cargo y solo pueden volver a ocuparlo, si con anterioridad lo hicieron en calidad de interino. Su trabajo se distribuye a través de sesiones en pleno (con la presencia de los once ministros) y en salas (dos integradas por cinco ministros cada una). Cada formato y sala con competencias judiciales distintas, siendo las de pleno, las de mayor jerarquía. Ni la constitución, ni la ley respectiva establecen fechas de toma de posesión para los ministros, estas se producen en cuanto se dé el nombramiento. En tanto que los periodos de sesiones en la corte, los determina la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, siendo dos al año; el primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio; el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.

Su sede se encuentra en el ''Edificio de la Suprema Corte'', localizado en el Centro histórico de la Ciudad de México, en la esquina sureste del Zócalo, justo a un costado del Palacio Nacional. proporcionado por Wikipedia
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Publicado 1864-1881 ; 1894-1899.
Sin ejemplares