El daño a la persona
El derogado código civil no definía el daño resarcible. La entrada en vigencia, el 1 de agosto de 2015, del Código Civil y Comercial de la Nación ha hecho resurgir algunas cuestiones sobre el daño resarcible. Los estudiosos del tema, fundamentalmente, sostienen dos concepciones del daño. Por un lado...
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80020180101038UN El daño a la persona: consecuencias resarcibles según el Código Civil y Comercial de la Nación y la jurisprudencia de la Suprema Corte y de las Cámaras de Apelaciones de la Provincia de Mendoza Proyecto de investigación siip2019-2021 UNCuyo FD UNCuyo FD |
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Brudezan, Sofía Cuotta, María Paula Furlotti Moretti, Silvina del Carmen Leiva, Claudio Fabricio Martínez Picavía, Cintia Tamara Anabel Montenegro, Luciano Sebastián Parellada, Carlos Alberto Quirós, Pablo Oscar Rodríguez Pons, Leandro Sarfati, Verónica |
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El derogado código civil no definía el daño resarcible. La entrada en vigencia, el 1 de agosto de 2015, del Código Civil y Comercial de la Nación ha hecho resurgir algunas cuestiones sobre el daño resarcible. Los estudiosos del tema, fundamentalmente, sostienen dos concepciones del daño. Por un lado, se entiende al daño como lesión a un derecho o un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico y, por otro, se define al daño por la repercusión de las consecuencias prejudiciales de la lesión. Otro importante sector entiende que el daño lesión y el daño consecuencia son dos caras de la misma moneda. No se concibe el uno sin el otro. Las Camaras Civiles de Apelaciones y la Suprema Corte de Justicia de Mendoza son tribunales que no tienen un criterio uniforme a la hora de cuantificar las consecuencias del daño a la persona. The old civil code didnt define the meaning of compensable damage. When the new Nation Civil and Commercial code initiates its validity, some debate about compensable damage have been reintroduced. The experts in the subject mainly have two conceptions of damage. On one hand, they understand damage as an injury to a right or interest not reproved by the legal system, and in the other hand, they define damage by the harmful consequences of the injury. Another important opinion maintains that injury damage and consequence damage are the two faces of the same coin, there is no one whitout the other. The Civil Appeal Chambers and the Mendoza Supreme Court dont have an uniform opinion when they quantify the damage consequences to people. |
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El derogado código civil no definía el daño resarcible. La entrada en vigencia, el 1 de agosto de 2015, del Código Civil y Comercial de la Nación ha hecho resurgir algunas cuestiones sobre el daño resarcible. Los estudiosos del tema, fundamentalmente, sostienen dos concepciones del daño. Por un lado, se entiende al daño como lesión a un derecho o un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico y, por otro, se define al daño por la repercusión de las consecuencias prejudiciales de la lesión. Otro importante sector entiende que el daño lesión y el daño consecuencia son dos caras de la misma moneda. No se concibe el uno sin el otro. Las Camaras Civiles de Apelaciones y la Suprema Corte de Justicia de Mendoza son tribunales que no tienen un criterio uniforme a la hora de cuantificar las consecuencias del daño a la persona. |
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