Ley penal tributaria
El presente trabajo pretende analizar las modificaciones de la Ley Penal Tributaria 24.769, a partir de la sanción, en el año 2011, de la Ley 26.735. Así como también la responsabilidad del actuar profesional del contador, conforme lo que establece la ley. Para poder comprender mejor dichas modific...
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2013
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Sumario: | El presente trabajo pretende analizar las modificaciones de la Ley Penal Tributaria 24.769, a partir de la sanción, en el año 2011, de la Ley 26.735. Así como también la responsabilidad del actuar profesional del contador, conforme lo que establece la ley.
Para poder comprender mejor dichas modificaciones, se comienza haciendo referencia a aquellos conceptos propios y básicos del derecho penal. Si bien este
contenido es propiamente jurídico, para nuestra profesión de contadores, se considera necesario desarrollarlo para una mejor comprensión del contenido de cada artículo de la Ley Penal Tributaria. Se incluyen conceptos como el de delito; su tipificación en las normas; el dolo o culpa que puede haber en el delito cometido. Así como también principios y garantías que nuestra Carta Magna, la Constitución Nacional, nos asegura; entre otros temas.
Luego se explica cómo fue cronológicamente la modificación de la Ley Penal
Tributaria desde la primera ley sancionada hasta la que rige actualmente. Y para
entender las modificaciones, se analiza más detenidamente cuatro de los artículos
modificados de la ley 24.769. Se procedió de esta manera, para poder darle una mayor explicación a aquellos delitos, que son los que más se suelen presentar. Estos delitos son los de evasión simple y agravada; tanto en lo impositivo como en el aspecto previsional.
Por último se hace referencia a la responsabilidad del contador desde este punto
de vista penal-tributario. Este tema es muy importante para los contadores, porque
muchas veces no asumimos el riesgo que corremos al ejercer nuestra profesión, si la
misma no se ejerce con cuidado y profesionalismo. Hay que saber trabajar con buenos papeles de trabajo que respalden nuestra tarea. Puede ocurrir que terminemos siendo cómplices de un delito de manera intencional, o simplemente porque llevamos a cabo la tarea que fue necesaria para cometer el delito, sin tener la intención de hacerlo.
Entonces es necesario, que el profesional, tenga presente en su actuar de la existencia de esta ley. |
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